viernes, 20 de abril de 2012
HETERONOMÍA DE LA NORMA JURÍDICA
HETERONOMIA DE LA NORMA JURÍDICA
La heteronomía significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad, pero debe comprenderse que el mismo es para poner un orden en la sociedad a momento de las relaciones que surgen entre ellos, y la norma será la que regule los mismos.
La heteronomía es una de las características de la norma, por lo tanto esencial para su creación y aplicación en el ordenamiento jurídico de todo país.
Cuando se habla de la heteronomía se debe hacer referencia a la heteronomía de la voluntad, veamos qué es:
HETERONOMÍA DE LA VOLUNTAD
Se denomina heteronomía de la voluntad a la circunstancia del sujeto a seguir las leyes a las cuales está sometido y vienen de afuera. Esta voluntad puede estar determinada por dos principios, puede tener dos fundamentos:
- Razón.
- Inclinación.
Cuando es la propia razón la que decreta el modo en que debe actuar la voluntad, ésta es autónoma porque se da a sí misma sus propias leyes.
Cuando la voluntad está determinada por la inclinación (palabra con la que Kant se refiere al conjunto de apetitos sensibles) la voluntad es heterónoma.
Cuando hacemos mención de estos principios, hablamos de Kant y su tesis kantiana, que en cierto grado puede parecer extraña para la forma actual de entender las cosas, pues ahora es más bien común creer que se es libre si se es capaz de realizar todos y cada uno de los apetitos que se tengan, por lo que se considera a la ley moral como un estorbo para la libertad absoluta, entendida como capacidad para hacer lo que plazca. Sin embargo, Kant pensó que cuando existe el propósito de seguir las reclamaciones de los deseos o apetitos la conducta no es libre, pues su realización sólo es posible plegándose a las exigencias que impone el mundo y, por tanto, a algo exterior a la propia voluntad. Por ejemplo, si alguien considera que el principio que debe regir su conducta es el de obtener reconocimiento social por encima de todo, su conducta no será constante pues tendrá que someterse a las exigencias determinadas por el cambiante orden social: si desea conseguir el aplauso de la mayoría deberá cambiar de partido político, o de amistades, o de ideas cuando las circunstancias lo hagan necesario.
Bien, esperando haber sido claro a momento de explicar la heteronomía de la norma, me despido hasta un próximo encuentro conversando más del Derecho, materia inagotable de discusión, con aprecio:
RUBÉN ALEJO CONDE
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Excelente, institutoo jurídico que se aplican en los contratos y como normas juridicas independientes y heteronomas, pueden ser aplicadas como Ley Especial y de preferencia sobre las demás normas
ResponderEliminarpndj
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